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El Gobierno incrementa en un 17,5% las ayudas a las farmacias en poblaciones de hasta 1.500 habitantes
Redacción.- El Consejo de Ministros ha aprobado recientemente una modificación del vigente Real Decreto por el que se establecen los márgenes, deducciones y descuentos correspondientes tanto a la distribución como a la dispensación de medicamentos de uso humano.
Tal y como recoge Sanidad, la modificación, de aplicación a partir del 1 de enero de 2023, tiene por objetivo garantizar la prestación farmacéutica en el medio rural con riesgo de despoblación, logrando que esta prestación siga siendo accesible a toda la ciudadanía en todo el territorio nacional.
Así, se beneficiarán del incremento del 17,5% correspondiente a la aplicación del índice corrector de los márgenes, aquellas oficinas de farmacia que presten servicio a núcleos de población con un máximo de 1.500 habitantes censados, o bien en otros núcleos en los que la autoridad competente delimite y designe como de riesgo para disponer de la adecuada cobertura o acceso a la prestación farmacéutica.
Las ventas anuales de estas farmacias no deberán superar los 235.000 euros en el ejercicio económico correspondiente al año natural anterior.
Asimismo, la oficina de farmacia deberá haber prestado sus servicios durante los 12 meses del año natural anterior.
Otros requisitos para acceder a las ayudas es que las oficinas de farmacia no hayan sido objeto de sanción administrativa en el año anterior, ni estén excluidas de su concertación, y que sus titulares no estén inhabilitados profesionalmente, así como que participen en los programas de atención farmacéutica y en la realización del conjunto de actividades destinadas a la utilización racional de los medicamentos.