Condena a una protésico e higienista dental por dos delitos de intrusismo profesional

Redacción.- El Juzgado de lo Penal N.º 9 de Santa Cruz de Tenerife ha condenado a una protésico e higienista dental por dos delitos de intrusismo profesional. La acusada, propietaria de una clínica dental en El Puerto de la Cruz, realizaba funciones propias de un dentista sin poseer el correspondiente título académico.

Tal y como recoge el Consejo de Dentistas, según dicta la sentencia, la acusada pudo abrir la clínica dental “al contar con personal propio con titulación académica de odontólogo”. Asimismo, se indica que “en la citada clínica, no solo realizaba el trabajo específico de confección de prótesis, sino que también tomaba medidas y colocaba las prótesis, realizando diagnósticos, extracciones y tallados de piezas dentarias, funciones para las que no se encontraba facultada, al ser actos exclusivos de las personas tituladas en Odontología”. Por todo ello, estos hechos son constitutivos de un delito penal de intrusismo profesional.

En el procedimiento ha quedado acreditado que la acusada, entre diciembre de 2007 y enero de 2012, atendió a una paciente realizando actos de manipulación en su boca, “actos propios de un odontólogo”, según se recoge en la sentencia, y quedando dicha paciente “insatisfecha con el tratamiento”.

En palabras del Dr. Óscar Castro Reino, presidente del Consejo General de Dentistas de España, “los protésicos dentales no pueden manipular la boca de los pacientes, ya que su función es la de fabricar las prótesis dentales, siempre por prescripción del dentista, a quien le corresponde su colocación y adaptación”. Igualmente, el máximo representante de la Organización Colegial recomienda a los ciudadanos que se aseguren de que el dentista que les va a tratar está colegiado y, por tanto, capacitado para ejercer legalmente la Odontología para evitar estas situaciones de riesgo.

 



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